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Administrativa derivadas del incumplimiento de la normativa.
Civil derivadas de la obligación civil de compensar y reparar los daños causados a otro, interviniendo culpa o negligencia.
Penal derivadas de la violación de preceptos contemplados en el Código Penal.
El texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones de Orden Social tipifica las infracciones administrativas específicas en materia de prevención de riesgos laborales y establece sanciones que oscilan entre los 40 € y los 819.780 €.
| Grado Mínimo | Grado Medio | Grado Máximo | |
| Leves | De 40 a 405 € | De 406 a 815 € | De 816 a 2.045 € |
| Graves | De 2.046 a 8.195 € | De 8.196 a 20.490 € | De 20.491 a 40.985 € |
| Muy Graves | De 40.986 a 163.955 € | De 163.956 a 409.890 € | De 409.891 a 819.780 € |
Las sanciones podrán imponerse en los grados de mínimo, medio y máximo, en función de diferentes factores a valorar: negligencia e intencionalidad del sujeto infractor, fraude o connivencia, incumplimiento de las advertencias previas y requerimientos de la Inspección, cifra de negocio de la empresa, número de trabajadores o de beneficiarios afectados, perjuicio causado, etc.
Esta valoración se hará según los criterios siguientes: